lunes, 29 de agosto de 2011

Promoción de la salud y los derechos políticos de las mujeres

Concejalas municipales desfilan junto al Alcalde Municipal
de Capinota


Si la Promoción de la Salud consiste en trabajar principalmente sobre los determinantes sociales de la salud, uno de los ejes de acción más importante debe ser, entonces, trabajar y defender los derechos humanos fundamentales, por su estrecha relación con los determinantes sociales de la salud. Casi cada determinante de importancia tiene su correlato con algún derecho humano fundamental.

La lucha por los derechos es, además, uno de los componentes más fuertes de la educación en salud integral, tanto para las personas como para las colectividades.

A partir del principio de integralidad, los derechos a la salud y a la equidad de género son parte de los derechos globales, a los que cada persona debe tener acceso y que los gobiernos deben respetar, proteger y cumplir.

En la gama de derechos que deben conquistarse para lograr una mayor equidad de género, los de primera instancia deben ser los derechos políticos de las mujeres. Cualquier otro derecho, por ejemplo, los derechos económicos, relacionados con el mejoramiento de ingresos, pueden ser más fácilmente logrados si se avanza en la conquista de los derechos políticos. Si se avanza en los derechos políticos se avanza más rápidamente en el logro del resto de los derechos humanos.

Bajo esta lupa, podemos decir que en Bolivia ha habido un avance importante en cuanto a los derechos políticos de las mujeres en los últimos años. La mejor constancia o el mejor indicador es lo logrado en cuanto a la representación política de las mujeres en los puestos de conducción o dirección política.

Ya en 1997 la Ley de Cuotas (Ley No. 1779) garantizaba una participación de las mujeres en el 30% de las listas para diputado uninominal, lo que fue un paso adelante con relación a lo que hasta ese momento se tenía. Sin embargo, lo que se logró en la última Constitución Política fue un verdadero avance hacia la igualdad y la paridad política.  La Constitución determina la participación igualitaria de hombres y mujeres en cualquier elección de representación política.

Un primer ejercicio fue la elección de representantes de la Asamblea Legislativa (ex Cámara de Diputados) en el 2009; y un segundo ejercicio, la elección de Alcaldes y Concejales en todos los municipios del país. Un tercer será la elección de representantes en el poder judicial.

De cualquier manera, considero que el ejercicio de las elecciones municipales fue el más demostrativo para el incremento de la representación de género por su extensión; se realizaron elecciones en los más de 300 municipios del país. En ellos fue notoria la baja representación de las mujeres en los cargos más altos, como el de Alcalde, pero también fue notable su incremento en los cargos de concejalas. El 43% de los concejales elegidos son mujeres. Un avance notable, cercano al 50%.

En la ocasión de éstas elecciones pudimos ver los apuros que tenían los partidos para completar sus listas, presentando paritariamente candidatas mujeres en cada una de las listas municipales. Su obligación era cumplir con el criterio de paridad y, sobre todo, el de la alternancia. Esto quiere decir que por cada candidato hombre debe haber una candidata mujer en el siguiente puesto electivo, o viceversa. La mayor parte de los partidos no contaba con dirigentes mujeres como para responder con solvencia a esta exigencia. Pese a ello, esta experiencia sirve para enseñarnos que éste será el mecanismo que nos acerque a una mayor equidad en la distribución de los puestos públicos en el futuro.

Los partidos y las propias mujeres, están convocados a llenar con solvencia política y de liderazgo éste criterio de distribución del poder. La legislación actual abre una oportunidad histórica a la igualdad  de género en el campo político. El resto, es decir, la ganancia en otros derechos, será un proceso más llano; no diremos fácil, pero por lo menos, más realizable y con tendencia segura hacia una mayor equidad.